El Gobierno refuerza la obligación de escuchar a los menores en los procesos judiciales

La reforma de la ley de infancia elimina el criterio automático de los 12 años, prohíbe el uso del falso SAP y crea un turno de oficio especializado para casos de violencia contra niños y adolescentes

05 de mayo 2026 - 09:48

Madrid

El Gobierno aprobará este martes en el Consejo de Ministros una reforma de la Ley de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia, conocida como LOPIVI, con el objetivo de reforzar la protección de los menores y garantizar que sean escuchados en todos los procedimientos que les afecten.

Uno de los principales cambios es la ampliación del derecho de niños, niñas y adolescentes a expresar su voluntad con independencia de su edad. Hasta ahora, la legislación garantizaba esa escucha cuando el menor tuviera suficiente madurez y, en todo caso, a partir de los 12 años. La reforma elimina ese umbral como referencia práctica y establece que la edad no podrá ser un obstáculo para que su opinión sea tenida en cuenta.

El texto también introduce nuevas garantías en el ámbito judicial. La voluntad expresada por el menor deberá quedar recogida en las resoluciones, junto con las razones por las que se decide respetarla o no en función de su interés superior. Además, se prevé el uso de espacios y medios técnicos adaptados, como salas Gesell o modelos Barnahus, para evitar que los menores tengan que declarar en condiciones que puedan provocar una revictimización.

Otra de las medidas destacadas es la prohibición expresa del llamado Síndrome de Alienación Parental, conocido como SAP, así como de cualquier planteamiento similar sin base científica. La reforma establece que estos criterios no podrán utilizarse en procedimientos judiciales, administrativos ni en informes públicos o privados. También abre la puerta a impugnar resoluciones que se apoyen en este tipo de argumentos.

En materia de custodia, la norma refuerza la protección de los menores al impedir que se acuerde una custodia compartida cuando existan indicios de que esa decisión puede afectar negativamente a su salud física, psíquica o emocional. Si un niño manifiesta rechazo a mantener contacto con uno de sus progenitores, las autoridades deberán investigar las causas y garantizar que cualquier régimen de visitas se produzca en condiciones seguras.

La reforma crea además un turno de oficio específico para casos de violencia contra la infancia y la adolescencia. Los abogados que formen parte de este servicio deberán recibir formación especializada en derechos de los menores, violencia contra la infancia, derecho de familia, medidas de protección y comunicación adaptada a niños y adolescentes.

El texto también permite que baste la autorización de un solo progenitor para que un menor víctima de violencia pueda acceder a atención psicológica, social o asesoramiento jurídico, con el fin de evitar que el presunto agresor pueda bloquear su reparación.

La reforma, impulsada por el Ministerio de Juventud e Infancia, todavía deberá continuar su tramitación antes de llegar al Congreso. En el proceso han quedado fuera algunas medidas que el departamento pretendía incluir, como la prohibición de que los menores acudan a espectáculos con violencia contra animales o la ampliación del plazo de prescripción de los delitos sexuales contra menores.

Atlas News
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