El Tribunal Supremo suspende el derecho a voto en la Ley de Nietos
Para votar migrantes tendrán que demostrar que sus antepasados se exiliaron
La clave está en la llamada presunción de exilio. Hasta ahora con la Ley de Nietos no siempre era necesario demostrar documentalmente que un antepasado español había tenido que exiliarse por razones políticas o ideológicas. En determinados casos para poder acogerse a esa vía bastaba con acreditar que ese antepasado había salido de España. Y es precisamente a ellos, a este segundo caso, a los que ahora el Tribunal Supremo pone el freno.
No les retira la nacionalidad, lo que hace es suspender cautelarmente su derecho a votar. El motivo es que el Alto Tribunal considera que el aumento de nuevos electores en el exterior puede suponer un riesgo real y serio para la objetividad y la transparencia del proceso electoral. Además, advierte de que el daño que podría producirse sería difícilmente reversible. Para el Partido Popular la decisión del Supremo es motivo de celebración. Los populares sostienen que esta vía podía formar parte de una estrategia del Partido Socialista para ganar votos en el exterior. Desde el Gobierno, en cambio, piden que el asunto se resuelva cuanto antes porque, en cualquier caso, se trata de una medida cautelar, por lo que la situación queda pendiente de la decisión definitiva que adopte el Alto Tribunal.