J027-BRUSELAS SENTENCIA TJUE LEY AMNISTIA
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea avala la compatibilidad del marco normativo comunitario con las medidas legislativas nacionales dirigidas a la reconciliación política y a la resolución de tensiones institucionales. En su declaración, el magistrado ponente ha manifestado que el derecho comunitario "no se opone a una normatividad nacional que amnistía los actos determinantes de responsabilidad contable" que hayan sido ejecutados en el contexto de actividades políticas destinadas a la independencia de una parte del territorio nacional. La resolución argumenta que estas medidas excepcionales son válidas cuando su propósito principal sea reducir la confrontación política y propiciar un escenario de entendimiento mutuo dentro del Estado miembro. Asimismo, la resolución aclara que la medida de gracia extingue la responsabilidad penal de las personas involucradas durante un período de tiempo delimitado y en el marco del proceso de independencia. No obstante, el dictamen advierte que quedan fuera de la aplicación de la amnistía todos aquellos actos comprendidos en directivas comunitarias que hayan causado, de forma intencionada, violaciones graves de los derechos humanos o que puedan ser determinados como delitos de terrorismo por los órganos jurisdiccionales competentes.
DESCRIPCIÓN DE IMÁGENES
1.- LECTURA DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA