El Supremo avala la colocación de la bandera LGTBI en edificios públicos
El Alto Tribunal dice que esta bandera no es ideológica ni genera división, sino que defiende la igualdad entre personas y que es un valor constitucional

Era una costumbre, un consenso para celebrar el Día del Orgullo LGTBI el 28 de junio. La bandera arcoíris se colocaba en las fachadas de todos los edificios públicos, pero la irrupción de Vox en los consistorios hizo tambalear ese consenso y su colocación ya no era general. La argumentación diversa: que era ideológica o que incumplía con la ley de banderas. Pero en algunas institucione se mantuvo. Es el caso del Ayuntamiento de Zaragoza en 2020, decisión recurrida en la Justicia y ahora el Supremo da la razón al Ayuntamiento. Asegura el Alto Tribunal que la colocación de esa bandera no contradice la exigencia de objetividad de las administraciones públicas ni quiebra la neutralidad que deben mantener. Esto se inscribe en actuaciones que se tienen que llevar a cabo para promover la igualdad. Punto final a una polémica y fin a las excusas. Si hay voluntad política, la bandera arcoíris se verá de nuevo el 28 de junio en todas las instituciones.
-Redacción-