Economía06·10·2024 | 21:37

Miles de afectados por cobros indebidos del IMV podrían beneficiarse de una sentencia que se basa en la jurisprudencia del Tribunal Supremo

Según la abogada que ha ganado el caso, si se prueba la vulnerabilidad y el error de la Administración, la deuda no se puede reclarmar

  • Agencia Atlas
  • España
  • 4m 29s.
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El Ingreso Mínimo Vital es una ayuda que va dirigida a las personas en pobreza severa, 8,5 millones en nuestro país. Es una ayuda de subsistencia, que se creó con la pandemia. Pero ha llegado a poco más de la mitad de las familias objetivo. Esto es porque, según explican trabajadores sociales y organizaciones como ATD Cuarto Mundo, su gestión es y ha sido muy mala. En algunos casos concedieron el IMV de oficio, en otros, con requisitos muy difíciles de cumplir, para las personas pobres, y, además, insisten, no responde a la realidad que vive este colectivo. Por ejemplo, piden la renta percibida en años pasados, que no refleja la situación presente, ni la situación de necesidad actual. O se exige una residencia habitual y que no haya cambios de la unidad familiar, cuando son personas que viven en una situación habitacional muy inestable. Una mala gestión que ha llevado a conceder la prestación a personas que supuestamente no cumplían los requisitos, lo que les ha generado una deuda, que desde la Seguridad Social denominan “cobros indebidos”.  Una deuda que se exige y se cobra, incluso quitando hasta el 70% de la ayuda que están recibiendo. Hablamos de personas muy vulnerables, que no tienen el dinero que les reclaman porque lo han gastado en supervivencia. Una situación muy complicada, que, en algunos casos, se está resolviendo a favor de los afectados. Ya hay sentencias favorables, con un argumento jurídico que además tiene su origen en la jurisprudencia del Tribunal Supremo y que, por tanto, deberían adoptar el resto de los tribunales de justicia. Esto es, que si se prueba la vulnerabilidad y se demuestra que el error es atribuible a la Administración, no se puede reclamar la deuda. Es el mismo argumento que esgrime el Defensor del Pueblo, para pedir que perdonen estas deudas, que además heredan los hijos, porque no prescriben. Adicionalmente la organización Cuarto Mundo ha presentado una demanda contra el Estado ante el Comité Europeo de Derechos Sociales, porque aseguran que el IMV vulnera (al menos en dos artículos), este Tratado Internacional que ratificó España. Y piden, como medida cautelar, mientras estudian la reclamación, que se suspenda el cobro de estas "deudas".

-Redacción-

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